Taller práctico «Conoce las deducciones fiscales»

Por Emilio Martínez Expósito
Taller deducciones fiscales

El próximo miércoles 13 de noviembre estaremos en Lugo impartiendo un taller práctico sobre deducciones fiscales a la innovación, en colaboración con la asesoría ALVAREZ REAL.

En este taller, trabajaremos con las empresas asistentes los fundamentos para :

  • Orientar a su organización hacia el camino de una cultura innovadora.
  • Conocer las definiciones fiscales de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
  • Diferenciar sus actividades entre I+D y/o IT.
  • Disponer de las claves para aplicar las deducciones fiscales a la I+D+i.
  • Familiarizarse con otros incentivos indirectos a la I+D+i.

El programa de la jornada, es el siguiente:

//10.45 Recepción de asistentes.

//11.00 ¿Conoces que es Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica?

//11.30 ¿Quieres saber cuáles son y como aplicar los incentivos indirectos a la I+D+i?

//12.00 Ronda de preguntas.

//12.30 Finalización.

//12.30 B2B: Reuniones bilaterales con las empresas interesadas.

Ofrecemos la oportunidad para que los asistentes puedan reunirse con nosotros y comentar de forma confidencial, sus inquietudes al respecto.

Si estás interesado en participar, puedes enviarnos un correo con tus datos a info@innplica.com

Sede de ALVAREZ REAL. Avda. de A Coruña, 99 – Entlo. A y B  LUGO 

Miércoles, 13 de noviembre de 2019

Si una empresa ha incurrido en gastos por realizar actividades de I+D+i (proyectos innovadores, mejoras de equipos o procesos, desarrollo de nuevos productos…), puede beneficiarse de importantes descuentos fiscales en el impuesto sobre sociedades, conforme al art. 35 del RDL 27/2014.

Estos beneficios se aplican sobre la cuota íntegra del impuesto de sociedades. Pueden ir, desde el 12% del importe de los gastos ejecutados durante el ejercicio fiscal y vinculados a actividades de innovación (IT), hasta el 25%, si se trata de actividades de investigación y/o desarrollo tecnológico (I+D).

Adicionalmente para el caso de actividades I+D, todos aquellos gastos que excedan la media del gasto en I+D de los dos últimos años, deducirán a un 42% en vez del 25%.

Además, estos incentivos son totalmente compatibles con cualquier ayuda recibida para la ejecución de estas mismas actividades.