Taller práctico «Conoce las deducciones fiscales»

El próximo miércoles 13 de noviembre estaremos en Lugo impartiendo un taller práctico sobre deducciones fiscales a la innovación, en colaboración con la asesoría ALVAREZ REAL.
En este taller, trabajaremos con las empresas asistentes los fundamentos para :
- Orientar a su organización hacia el camino de una cultura innovadora.
- Conocer las definiciones fiscales de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
- Diferenciar sus actividades entre I+D y/o IT.
- Disponer de las claves para aplicar las deducciones fiscales a la I+D+i.
- Familiarizarse con otros incentivos indirectos a la I+D+i.
El programa de la jornada, es el siguiente:
//10.45 Recepción de asistentes.
//11.00 ¿Conoces que es Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica?
//11.30 ¿Quieres saber cuáles son y como aplicar los incentivos indirectos a la I+D+i?
//12.00 Ronda de preguntas.
//12.30 Finalización.
//12.30 B2B: Reuniones bilaterales con las empresas interesadas.
Ofrecemos la oportunidad para que los asistentes puedan reunirse con nosotros y comentar de forma confidencial, sus inquietudes al respecto.
Si estás interesado en participar, puedes enviarnos un correo con tus datos a info@innplica.com
Sede de ALVAREZ REAL. Avda. de A Coruña, 99 – Entlo. A y B LUGO
Miércoles, 13 de noviembre de 2019
Si una empresa ha incurrido en gastos por realizar actividades de I+D+i (proyectos innovadores, mejoras de equipos o procesos, desarrollo de nuevos productos…), puede beneficiarse de importantes descuentos fiscales en el impuesto sobre sociedades, conforme al art. 35 del RDL 27/2014.
Estos beneficios se aplican sobre la cuota íntegra del impuesto de sociedades. Pueden ir, desde el 12% del importe de los gastos ejecutados durante el ejercicio fiscal y vinculados a actividades de innovación (IT), hasta el 25%, si se trata de actividades de investigación y/o desarrollo tecnológico (I+D).
Adicionalmente para el caso de actividades I+D, todos aquellos gastos que excedan la media del gasto en I+D de los dos últimos años, deducirán a un 42% en vez del 25%.
Además, estos incentivos son totalmente compatibles con cualquier ayuda recibida para la ejecución de estas mismas actividades.