PERTE VEC: sector automoción

Por Alberto Álvarez Quiroga

Se publica la convocatoria del PERTE del Vehículo Electrónico y Conectado (VEC).

Los PERTE son una nueva figura de colaboración público-privada creada por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Estos PERTE tratan de englobar a proyectos tractores con un impacto transformador estructural sobre sectores estratégicos o con fases de investigación e innovación disruptivas y ambiciosas, más allá del estado de la técnica en el sector, seguidas de un primer despliegue industrial. Se trata de proyectos de carácter estratégico, con un importante potencial de arrastre para el resto de la economía, y que exigen la colaboración entre Administraciones, empresas y centros de investigación para conseguir que escalen sus operaciones en nuestro país.

El pasado 13/07/2021, el Consejo de Ministros aprobó como primer PERTE el desarrollo de un ecosistema para la fabricación del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia.

A finales de dicho año, concretamente el 28/12/2021 se publican las Bases Reguladoras de dicho PERTE VEC, y el 18/03/2022 sale publicada la Convocatoria para la anualidad 2022 de estos proyectos tractores para el sector automoción.

ACTUALIZACIÓN 1: el 27/04/2022 se publica una modificación tanto de las Bases Reguladoras como de la Convocatoria, ampliando la fecha de solicitud hasta el 17/05/2022.

ACTUALIZACIÓN 2: el 14/05/2022 se publica una modificación tanto de las Bases Reguladoras como de la Convocatoria, ampliando la fecha de solicitud hasta el 03/06/2022.

Para el caso del PERTE VEC, se ha estructurado el proyecto tractor buscado como un conjunto de diferentes proyectos primarios que deberán enmarcarse en bloques INDUSTRIALES obligatorios, en algún o algunos bloques ADICIONALES complementarios a los industriales, y en bloques TRANSVERSALES obligatorios, se detallan las temáticas de estos bloques en los siguientes puntos.

Con la idea de presentar una visión general de las ayudas recogidas bajo este PERTE VEC, detallamos a continuación un «breve» resumen con sus características principales:

 BENEFICIARIOS

Agrupaciones, sin personalidad jurídica propia, de un mínimo de 5 entidades independientes organizadas en torno al sector industrial de automoción, siendo PYMEs al menos el 40%. De dichas entidades al menos una pertenecerá al CNAE 291 (Fabricación de vehículos de motor), y otra pertenecerá al CNAE 293 (Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor). Deberán contar como integrante o colaborador con, al menos, un proveedor de tecnología y/o conocimiento con capacidad técnica y organizativa suficiente para la realización de las actividades de I+D+i. La agrupación deberá tener implantación en al menos dos CCAA.

Las entidades que conformen esta agrupación deberán cumplir:

a) Entidades personas jurídicas, públicas o privadas, con personalidad jurídica propia.

b) Cada entidad deberá suscribir un acuerdo interno (acuerdo de agrupación) que regule el funcionamiento de la misma.

c) Cada entidad miembro de la agrupación tendrá un rol:

-Promotor industrial: entidades que lleven a cabo actuaciones específicas en su establecimiento industrial. Deberán poseer alguno de los siguientes CNAE 2009:

  • Producción de vehículo eléctrico y conectado a escala industrial: 29, 30.
  • Actividades industriales complementarias a la producción industrial del vehículo eléctrico: 27.1, 22.11, 22.2, 27.2, 27.3 y 42.22.
  • Otras actividades industriales de producción vinculadas al vehículo eléctrico y conectado: 26.1, 26.2, 26.3 y 26.5.
  • Otras actividades de servicios a la industria: 52.21, 71.12 y 74.10, así como algunos 71.20.

-Proveedor de tecnología y/o conocimiento: Universidades, centros tecnológicos, organismos de investigación y otras entidades o empresas públicas o privadas que proporciona el conocimiento y/o la tecnología necesarios para llevar a cabo alguna parte de la propuesta que implica a más de un promotor industrial. Deberán poseer alguno de los siguientes CNAE 2009:

  • Actividades de investigación y desarrollo: 72.
  • Servicios de información: 63.
  • Actividades de programación, consultoría y otras relacionadas con la informática: 62.
  • Actividades de valorización: 38.2 y 38.3.

-Interlocutor con la Administración: responsable de canalizar con la Administración las relaciones y comunicaciones que se indiquen en la convocatoria en cada una de las fases del procedimiento de concesión. Solo habrá un interlocutor con la Administración, que podrá ser uno de los promotores industriales o uno de los proveedores de tecnología y/o conocimiento.

Una entidad podrá ser a la vez promotor industrial, proveedor de tecnología y/o conocimiento y/o interlocutor con la Administración.

 REGISTRO

Todas las entidades vinculadas al desarrollo del PERTE VEC deberán inscribirse en el Registro estatal de entidades interesadas en los PERTE, indicando la agrupación con la que participarán.

 BLOQUES Y ÁREAS DE ACTUACIÓN

Cada solicitud se estructurará en un proyecto tractor formado por diferentes proyectos primarios que deberán enmarcarse en alguno de los bloques siguientes:

1. BLOQUES INDUSTRIALES de carácter obligatorio:

O.1. Fabricación de equipos originales y ensamblaje (OEM) (mín 500.000€/proy primario): las propuestas deben incluir:

O.1.1. Creación de nuevas líneas de fabricación que permitan la fabricación de vehículo eléctrico o vehículo eléctrico y conectado; o

O.1.2. Adaptación de las líneas existentes para la fabricación de estos tipos de vehículo.

Estas nuevas líneas de fabricación o modificación de las existentes deberán incluir todas y cada una de las siguientes actuaciones:

  • Estar digitalizadas en línea con lo estipulado en las Directrices Generales de la Nueva Política Industrial Española 2030, mediante el uso de IoT, cloud, 5G, robótica avanzada, inteligencia artificial o similares;
  • Incorporar nuevas tecnologías; e
  • Implementar la figura del gemelo digital en la fabricación.

O.2. Fabricación de baterías o pilas de hidrógeno (mín 500.000€/proy primario): las propuestas deben incluir:

Opción 1. Cumplir alguna de las actuaciones siguientes:

  • Crear o adaptar fábricas de producción de baterías para el vehículo eléctrico en España;
  • Crear capacidad de producción del sistema de alimentación eléctrica y tren de potencia.

Opción 2. Crear capacidad de producción de pilas de hidrógeno.

O.3. Fabricación de otros componentes esenciales adaptados al vehículo eléctrico y conectado (mín 500.000€/proy primario): fabricación de componentes esenciales altamente tecnológicos y adaptados al vehículo eléctrico y conectado. Las propuestas presentadas incluirán una planta de producción de componentes esenciales operativa, en la que se incorporen métodos de fabricación innovadores a través de la digitalización y la robótica.

Se valorará positivamente la realización de otras actuaciones como:

  • Desarrollo de nuevos materiales avanzados;
  • Innovación en procesos de fabricación, como mejora de la seguridad de pasajeros, mejora de la respuesta a impacto del vehículo, incorporación de medidas innovadoras y tecnologías relacionadas con la robótica y la digitalización al proceso de producción;
  • Gestión avanzada de aprovisionamientos, operación integral con proveedores y clientes; o
  • Fabricación de otros componentes esenciales adaptados al vehículo conectado y que sean específicos del vehículo eléctrico.

2. BLOQUES ADICIONALES, complementarios a los obligatorios:

A.1. Fabricación de componentes del vehículo inteligente (mín 100.000€/proy primario): soluciones innovadoras que aportan al vehículo nuevas prestaciones que, sin ser esenciales, aportan valor al producto. Podrán desarrollarse:

  • Nuevas soluciones para el interior del vehículo.
  • Soluciones de iluminación interior y exterior.
  • Nuevas soluciones de confort interior.
  • Sistemas HMI (Human Machine Interaction).
  • Sistemas de interacción táctil.
  • Desarrollo de algoritmos de IA para coche autónomo.
  • Desarrollo de software para aplicaciones inteligentes a partir de espacios de datos de movilidad.

Las propuestas presentadas deben incluir una planta de producción de componentes inteligentes que incorpore tecnologías innovadoras en el proceso de producción.

Se valorará positivamente que las propuestas incluyan la creación de la infraestructura empresarial necesaria para el diseño de nuevas soluciones para el vehículo inteligente.

A.2. Conectividad del vehículo eléctrico (mín 100.000€/proy primario): actuaciones de diseño y fabricación de los elementos necesarios, en particular, microprocesadores y sensores, para la incorporación de aplicaciones con diversas utilidades, tales como conectividad con redes móviles (4G, 5G o soluciones tecnológicas similares), intercomunicación con la infraestructura viaria, infraestructura de señalización vial vertical y horizontal (sistemas y señalización V2X), detección y reacción ante obstáculos, animales, peatones, interacción con vehículos no automatizados ni conectados, sistemas de recarga, seguridad, gestión de rutas, aplicaciones de movilidad compartida, creación de grandes demostradores y espacios controlados de pruebas, entre otros.

Las propuestas presentadas deben incluir una planta o línea de producción de microprocesadores, sensores y otros componentes hardware o software vinculados a la conectividad que incorpore tecnologías innovadoras en el proceso de producción y los productos o, en su caso, los espacios de prueba correspondientes.

Se valorará positivamente:

  • La incorporación de la infraestructura empresarial necesaria para el diseño de nuevas soluciones de conectividad, y sensorización.
  • La puesta en marcha efectiva de los sistemas de coordinación en el diseño y desarrollo de componentes entre fabricantes de VEC y fabricantes de componentes de conectividad.

A.3. Fabricación de sistemas de recarga (mín 100.000€/proy primario): actuaciones para la fabricación de sistemas de recarga de vehículo eléctrico, y adicionalmente se valorarán tanto las actuaciones de I+D de sistemas de recarga como de sistemas de recarga rápida y ultrarrápida o recarga inalámbrica o sistemas bidireccionales que permitan convertir al vehículo eléctrico en un mecanismo de apoyo al sistema eléctrico, como sistema de almacenamiento distribuido.

También se valorarán las actuaciones para una potencial segunda vida de baterías procedentes de vehículos eléctricos, así como soluciones de reciclado y aprovechamiento de materias primas.

3. BLOQUES TRANSVERSALES de carácter obligatorio:

T.1. Plan de Economía Circular (PEC): deberá presentarse un Plan de Economía Circular completo y coordinado de gestión de la operación con un enfoque claro a la economía circular, en el que participarán todos los implicados en la propuesta.

T.2. Plan de Digitalización: deberá incluirse un Plan de actuaciones concretas basadas en tecnologías de digitalización que posibiliten la efectiva cooperación entre los agentes participantes en la propuesta.

T.3. Plan de Formación y Reciclaje Profesional: deberá presentarse un Plan de Formación y Reciclaje Profesional con objetivos a largo plazo y compromiso de creación de empleo.

Todos los proyectos tractores presentados deberán incluir la ejecución de al menos un proyecto primario en cada uno de los bloques de carácter obligatorio (O), al menos un proyecto primario en uno de los bloques adicionales (A), y proyectos en colaboración en los bloques transversales (T) que incluirán planes y compromisos en las tres áreas.

Todas las entidades que formen parte de la agrupación deben participar en, al menos, un plan transversal.

 LÍNEAS DE ACTUACIÓN INTEGRAL

Cada proyecto primario deberá encuadrarse en una sola línea y tipo de proyecto:

1. Línea de investigación, desarrollo e innovación:

a) II. Proyectos de investigación industrial

b) DE. Proyectos de desarrollo experimental

c) MO. Proyectos de innovación en materia de organización

d) IMP. Proyectos de innovación en materia de procesos

e) EVP. Estudios de viabilidad previos a la labor de investigación industrial

2. Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética:

a) PMA. Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente que cumplan al menos una de las siguientes condiciones:

1.º Inversiones que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medio ambiente derivado de sus actividades superando las normas de la Unión Europea.

2.º Inversiones que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medio ambiente derivado de sus actividades en ausencia de normas de la Unión Europea.

b) AE. Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o eficiencia energética: inversiones en mejoras que permitan lograr un nivel más elevado de eficiencia energética en los procesos de producción de la entidad.

3. Línea de ayudas regionales a la inversión (IR):

a) En regiones en las que el nivel de vida sea anormalmente bajo o en las que exista una grave situación de subempleo, así como en las Islas Canarias, podrán concederse ayudas para las siguientes tipologías de proyecto primario que serán, en todo caso, realizados por una única entidad y en una única localización:

1.º Creación de un nuevo establecimiento: Inicio de una nueva actividad industrial en dichas zonas asistidas.

2.º Modificación de líneas de producción: Realización de inversiones destinadas a:

a. Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente;

b. Diversificación de la producción en un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento; o bien

c. Transformación fundamental en el proceso global de producción del establecimiento.

b) En zonas asistidas para facilitar el desarrollo de determinadas actividades o de determinadas regiones económicas, podrán concederse ayudas a PYMES para las siguientes tipologías de proyecto primario que serán, en todo caso, realizados por una única entidad dentro de la agrupación y en una única localización:

1.º Creación de un nuevo establecimiento: Inicio de una nueva actividad industrial en dichas zonas asistidas;

2.º Modificación de líneas de producción: implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) que integren al menos una línea de producción completa, destinadas a:

a. Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente;

b. Diversificación de la producción en un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento; o bien

c. Transformación fundamental en el proceso global de producción del establecimiento.

c) En zonas asistidas para facilitar el desarrollo de determinadas actividades o de determinadas regiones económicas, podrán concederse ayudas a GRANDES EMPRESAS para las siguientes tipologías de proyecto primario que serán, en todo caso, realizados por una única entidad dentro de la agrupación y en una única localización:

1.º Creación de un nuevo establecimiento: Inicio de una nueva actividad industrial en dichas zonas asistidas;

2.º Inversiones iniciales en favor de una nueva actividad económica: implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) que integren al menos una línea de producción completa, destinadas a la diversificación de la producción en un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento (mismo CNAE a 4 dígitos).

4. Línea de ayudas a la formación (FOR): formación en habilidades de gestión, digitalización y generación de ecosistemas innovadores en la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado vinculado a centros específicos de formación del sector.

 CONCEPTOS DE GASTO

Cada proyecto primario podrá incluir los siguientes gastos:

1. Línea de investigación, desarrollo e innovación:

  • PERSONAL (MÁX 60€/h, Medio 45€/h): investigadores, técnicos y demás personal auxiliar. Incluyendo personal con contrato laboral, personal autónomo socio de la empresa y personal autónomo económicamente dependiente.
  • AMORTIZACIÓN DE INSTRUMENTAL Y MATERIAL INVENTARIABLE (MÁX 60%xPresupuesto).
  • INVESTIGACIÓN CONTRACTUAL, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas.

2. Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética: NOTA: sólo serán financiables los costes de inversión adicionales necesarios para ir más allá de las normas de la UE aplicables para incrementar el nivel de protección medioambiental o, en ausencia de normas de la UE, para lograr un nivel más elevado de eficiencia energética del proceso productivo.

  • ADQUISICIÓN DE ACTVIOS FIJOS MATERIALES: aparatos y equipos de producción. Podrá incluirse el arrendamiento financiero sólo si incluye la obligación de que la entidad adquiera el activo al término del contrato de dicho arrendamiento.
  • EDIFICACIÓN E INSTALACIONES (MÁX 20%xPresupuesto): inversiones materiales para la adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
  • ACTIVOS INMATERIALES: inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
  • COLABORACIONES EXTERNAS: diseño y/o rediseño de procesos directamente vinculados con las inversiones. Excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación.

3. Línea de ayudas regionales a la inversión:

  • ADQUISICIÓN DE ACTVIOS FIJOS MATERIALES: aparatos y equipos de producción. Podrá incluirse el arrendamiento financiero sólo si incluye la obligación de que la entidad adquiera el activo al término del contrato de dicho arrendamiento.
  • EDIFICACIÓN E INSTALACIONES (MÁX 20%xPresupuesto): inversiones materiales para la adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
  • ACTIVOS INMATERIALES (en caso de Grandes Empresas e Inversión Inicial, MÁX 50%xPresupuesto): inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.

4. Línea de ayudas a la formación:

  • FORMADORES (MÁX 60€/h): horas en que participen en la formación.
  • MATERIALES Y SUMINISTROS.
  • AMORTIZACIÓN DE INSTRUMENTOS Y EQUIPOS.

 PRESUPUESTO

El presupuesto mínimo del proyecto tractor será de 10.000.000€.

 DURACIÓN

Desde el día siguiente a la solicitud hasta un plazo máximo de 30 meses desde la Resolución de Concesión, y siempre antes del 30/06/2025.

 AYUDA

Ningún proyecto primario podrá beneficiarse de más del 20% de la ayuda total.

Para cada proyecto tractor el porcentaje de ayuda total concedida para PYMES será, al menos, del 30% de la ayuda total.

El importe máximo de ayuda concedida para un mismo grupo empresarial en el conjunto de proyectos primarios y tractores en el que participe, no podrá superar el 15% del presupuesto total.

Las ayudas podrán formalizarse como préstamos, subvenciones o una combinación de ambos. Cuando se trate de ayuda en forma de préstamo tendrá las siguientes características:

  • Principal: limitado según tabla anterior y acotado al riesgo vivo acumulado de la entidad.
  • Tipo interés: 0%.
  • Plazo amortización: 10 años con 3 de carencia.
  • Amortización principal: anual tras finalización del plazo de carencia.
  • Amortización intereses: anuales desde la entrega del principal.

La financiación pública total de cada proyecto primario, como la suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80% del presupuesto, o del 75% en caso de “3. Línea de ayudas regionales a la inversión”.

 GARANTÍAS

Se constituirán garantías en la Caja General de Depósitos para cada proyecto primario y entidad dentro de la agrupación.

De forma previa a la Resolución de Concesión, se deberá presentar para cada proyecto primario garantía por el 100% de la ayuda en forma de subvención y por el 20% de la ayuda en forma de préstamo.

De forma previa al segundo desembolso, se deberá presentar para cada proyecto primario garantía en función del grado de avance frente a lo comprometido a 15/09/2023, y de la evolución de las inversiones acreditadas (desde 0% en caso de subvención y 20% en caso de préstamo cuando el avance supere el 50% y la evolución sea favorable; hasta 100% en caso de subvención y 100% en caso de préstamo cuando el avance sea inferior al 30% y la evolución sea insuficiente).

 PAGOS

Un pago anual (total 2 pagos) condicionado a la presentación de la documentación justificativa.

El primer pago se realizará tras la Resolución de Concesión, y el segundo pago tras la validación de la justificación intermedia (cuyo periodo de ejecución intermedio finaliza a 15/06/2023).

 DOTACIÓN PRESUPUESTARIA

1.425.000.000€ en forma de préstamo y 1.550.000.000€ en forma de subvención.

 PLAZO DE SOLICITUD

Inicio: 01/04/2022; Fin: 03/06/2022.